Esta Declaración fue adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948.
El Carácter Propio de los Colegios Viatorianos de la Provincia de España, aprobado por el Capítulo provincial de los CSV, en su Sesión 107ª el día 13 de abril de 2013, se hace eco de esta Declaración en su apartado 2.2 Dimensión social, en la página 5. Igualmente, en muchos de sus apartados aparecen explícitamente referencias a los Derechos Humanos.
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Hoy publicamos el PREÁMBULO
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE
DERECHOS HUMANOS
Considerando que la libertad, la justicia
y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad
intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la
familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el
menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes
para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración
más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos,
liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de
la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos
humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se
vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la
opresión;
Considerando también esencial promover el
desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las
Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales
del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de
derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso
social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la
libertad;
Considerando que los Estados Miembros se
han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones
Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades
fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de
estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno
cumplimiento de dicho compromiso;
La Asamblea General proclama la presente
Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común
por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto
los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella,
promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y
libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e
internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto
entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados
bajo su jurisdicción.