viernes, 29 de noviembre de 2013

LOMCE: ¿UNA LEY MÁS, O, UNA MENOS?

Hola: Te hacemos partícipe de los puntos 1, 2 y 5, de la circular fechada en Madrid el 29.11.13, que D. José María Alvira Duplá, Secretario general de Escuelas Católicas, ha enviado a los Titulares de centros y Directores de centro de Escuelas Católicas de España, ante la aprobación definitiva de la LOMCE en el Congreso el día de ayer.

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA LOMCE POR EL CONGRESO

Querido/a amigo/a:

Ayer, día 28 de noviembre, fue aprobada definitivamente por el Congreso de los Diputados la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), con 182 votos a favor (PP), 143 en contra y dos abstenciones (1).

 (1) La Ley anterior, LOE, fue aprobada en 2006 con 181 votos a favor (PSOE, ERC, PNV, ICV, CC y EA), 133 en contra (PP) y 12 abstenciones (CiU y parte del Grupo Mixto).
 
En breves fechas se publicará en el BOE y entrará en vigor veinte días después. Sin embargo, para su aplicación real habrá que esperar a los desarrollos reglamentarios del Gobierno y de las Comunidades Autónomas.

La LOMCE es una Ley Orgánica que modifica de manera significativa la LOE y algunos aspectos de la LODE. En los apartados no reformados, permanecen ambos textos con la redacción que tenían antes de la aprobación de la LOMCE.
Con esta circular, pretendo facilitarte una primera valoración de la LOMCE en su versión definitiva. No obstante, una vez publicado el texto te remitiremos una información más pormenorizada de los detalles de la Ley.

1. NUEVAMENTE, SIN PACTO EDUCATIVO. Como ya es una lamentable tradición en España, esta Ley nace carente de un pacto educativo de Estado. En esta ocasión, más allá de volver a reclamarlo, desde Escuelas Católicas constatamos que no hay muchas posibilidades de poder lograrlo a medio plazo, teniendo en cuenta la polarización que se ha generado y la ausencia de un diálogo sereno y libre de prejuicios que busque entre todos el bien común. Durante la tramitación de la Ley hemos asistido perplejos a una contienda, nada educativa, en la que han sobrado prepotencia, falta de coherencia, distorsión de la realidad, mensajes prefabricados de antemano y manipulación de la opinión pública. 
Con estas condiciones poco cabe esperar de una clase política que parece más preocupada por la permanencia o la conquista del poder que por buscar una solución razonable y consensuada a los problemas de la educación en España; ni tampoco se puede esperar mucho de algunos grupos sociales cargados de prejuicios ideológicos o de unos medios de comunicación preocupados únicamente de los aspectos más llamativos y, en ocasiones poco fundamentales, de la educación.
 
2. NO ES LA LEY DE LA CONCERTADA. La LOMCE es una ocasión perdida para solucionar los problemas que actualmente se ciernen sobre los centros concertados. Constatamos cómo el debate sobre los conciertos en colegios de educación diferenciada (el 2,5% de los centros concertados, menos del 0,5% de los centros de EC) ha monopolizado de forma casi absoluta el debate sobre el régimen de conciertos educativos y, sobre todo, las energías para abordar los problemas que tiene el 100% del sector. Por otro lado, se introducen medidas (como la reserva de suelo público dotacional) que, lejos de solucionar un problema, concede argumentos para tildar de privatizadora una ley que es continuista con la LOE en lo que se refiere a la programación escolar.

Resulta muy decepcionante constatar el rechazo del Partido Popular a conectar la satisfacción de las necesidades de escolarización con el hecho de tener alumnos, y a evitar “ex lege” que se puedan retirar conciertos a centros con demanda escolar. De igual forma, se ha renunciado a matizar la expresión de la educación como
servicio público para aclarar que no es algo que se presta exclusivamente por el Estado, como monopolio. Lejos de privatizar la educación, la LOMCE consolida una regulación que tiende más a la subsidiariedad de la enseñanza privada concertada que hacia la complementariedad real de las dos redes. La LOMCE renuncia a consolidar los conciertos en las enseñanzas no obligatorias y a dotar de la necesaria seguridad jurídica al procedimiento sancionador del régimen de conciertos.

A todo lo anterior se añade, en paralelo, la petrificación del módulo económico de los conciertos, que está produciendo la asfixia económica en los centros, sin que haya atisbo de querer cumplir la D.A.28ª de la LOE sobre el estudio del coste real de impartición de la enseñanza.

No obstante lo anterior, habrá que estar atentos a las precisiones que al respecto se puedan realizar a través del nuevo Reglamento de Conciertos que debe tramitarse a partir de ahora. Desde EC seguiremos muy atentamente su elaboración.

5. CALENDARIO DE IMPLANTACION. Aunque ya tendremos ocasión de referirnos ampliamente a esta cuestión, es importante tener en cuenta que la implantación de la LOMCE se realizará en Educación Primaria conforme al calendario previsto. Es decir, en el año académico 14/15 empezará en los cursos impares y en el 15/16 en los pares. Sin embargo, la implantación de la LOMCE en ESO y Bachillerato se retrasa un año, de modo que en los cursos impares se realizará en el 15/16 y en los pares en el 16/17. Los efectos de la evaluación externa previstos en la norma para ESO y Bachillerato se retrasan al curso 17/18.
Fuente de imagen: www.allegramag.es