19/01/2021
Modificaciones relativas a:a) La participación y competencias de Consejo Escolar, Claustro y director o directora.
b) La autonomía de los centros docentes.
c) La selección del director o directora en los centros públicos.
d) La admisión de alumnos.
Los procesos relativos a los apartados c) y d) que se hubieran iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley se regirán por la normativa vigente en el momento de iniciarse.
Curso 2021-2022
a) Las modificaciones introducidas en la evaluación y condiciones de promoción de las diferentes etapas educativas.
b) Las modificaciones introducidas en las condiciones de titulación de educación secundaria obligatoria, ciclos formativos de grado básico y bachillerato.
c) La titulación de las enseñanzas profesionales de música y danza.
d) Las condiciones de acceso a las diferentes enseñanzas.
Curso 2022-2023
Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y objetivos de:
- Educación primaria: cursos primero, tercero y quinto.
- Educación secundaria obligatoria: cursos primero y tercero.
- Bachillerato: primer curso.
- Ciclos formativos de grado básico: primer curso.
Hasta ese momento los estándares de aprendizaje evaluables, a los que se refiere el artículo 6 bis, tendrán carácter orientativo.
En este curso se suprimirá la oferta de módulos obligatorios de los Programas de Cualificación Profesional Inicial preexistentes.
Curso 2023-2024
a) Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y objetivos de:
- Educación primaria: cursos segundo, cuarto y sexto.
- Educación secundaria obligatoria: cursos segundo y cuarto.
- Bachillerato: segundo curso.
- Ciclos formativos de grado básico: segundo curso.
b) Las modificaciones relativas al acceso y admisión a la universidad (artículo 38).
c) Las evaluaciones de diagnóstico (artículos 21 y 29).
Hasta ese momento los estándares de aprendizaje evaluables, a los que se refiere el artículo 6 bis, tendrán carácter orientativo.
En este curso se suprimirá la oferta de módulos voluntarios de los Programas de Cualificación Profesional Inicial preexistentes.