Desde que se tuvo conocimiento de los planes
educativos del nuevo Gobierno de PSOE y Podemos, Escuelas Católicas manifestó
su preocupación y su temor ante la posibilidad de que el Ejecutivo limite la
capacidad y libertad de los padres para escoger la educación de sus hijos;
proponga medidas que rompan con la complementariedad de redes; saque la
enseñanza religiosa en la escuela; o se enrede en debates como el del “pin
parental” que poco tienen que ver con la mejora de la calidad de la enseñanza.
En cualquier caso, fiel a sus principios, ha ofrecido al nuevo gabinete
ministerial su disposición a participar en todas aquellas iniciativas que
sirvan para garantizar la necesaria estabilidad de nuestro sistema educativo.
No dejéis de consultar las notas de prensa emitidas al respecto.
NOTA DE
PRENSA del 20 de enero de 2020
Escuelas Católicas considera “innecesario” el
“pin parental” si los padres conocen y aceptan el proyecto educativo del centro
Recuerda que el Estado no puede suplantar el
derecho de los padres a elegir la formación moral que quieren para sus hijos
Escuelas Católicas considera que el “pin
parental” promovido por Vox no es en sí mismo ilegal, pero resulta innecesaria
su exigencia con carácter general si los padres conocen y aceptan, en el momento
en que solicitan la admisión de sus hijos en un centro, su proyecto educativo e
ideario. Por ello, es importante que los padres reciban la oportuna información
sobre las actividades a desarrollar dentro de la Programación General Anual,
con la debida transparencia y confianza en la labor del centro.
Cree además que el “pin parental” podría
introducir una enorme complejidad en los centros, al poder implicar la
necesidad de autorización expresa y previa para una gran amplitud de
situaciones y actividades. Estima que solo sería necesaria dicha autorización
en el supuesto de actividades cuyas características especiales así lo requieran
y, sobre todo, en centros que no hayan definido claramente su proyecto
educativo o que deban mantener una “neutralidad ideológica” por imperativo
legal.
No obstante, recuerda que el derecho de los
alumnos a recibir una educación integral, no puede desvincularse del derecho de
los padres a decidir la formación religiosa y moral para sus hijos que esté de
acuerdo con sus propias convicciones. El Estado no puede suplantar la posición
de los padres decidiendo sobre estas cuestiones, sino que debe, por el
contrario, garantizar el derecho de estos, tal y como señala el artículo 27.3
de la Constitución, ya que son los padres los primeros responsables de la
educación de sus hijos y quienes ostentan legalmente la “patria potestad”.
Asimismo, señala que no puede en modo alguno
vincularse este problema, como indica el Ministerio de Educación, con las
“actividades complementarias”, ya que por definición legal las mismas tienen el
carácter de voluntarias, ni pueden ser los docentes quienes tengan la
competencia para diseñarla. En este sentido, la autonomía organizativa y
pedagógica se refiere a los centros en su conjunto, por lo que debe intervenir
la comunidad educativa a través de los órganos de participación establecidos y,
en el caso de los centros privados (concertados o no), también sus titulares.
Por último, subraya que Escuelas Católicas y
sus centros afiliados, que funcionan todos en régimen de coeducación, desde
hace tiempo apuestan porque sus alumnos reciban una formación afectivo sexual
como parte de su educación integral, siempre acorde con el proyecto educativo y
el ideario que los padres conocen y han aceptado. █
(Fuente: EECC de España)